LECRIN

Lecrín es un municipio que se formó por la unión de 6 poblaciones: Acequias, Mondújar, Talará, Béznar, Murchas y Chite, cinco se unieron en 1967 y Béznar se les unió en 1973.
Lecrín es la resultante de una mentalidad realista y práctica, es más que el resultado de una ley, la demostración de como unas disposiciones sirven de apoyo y canalización, cuando existe una conciencia colectiva, moderna y revolucionaria que tiende por encima de otra particular cosa, al bien colectivo y a la ofensiva, en vez de al conservadurismo. Es de imaginar la languidez de la vida municipal de los ex-ayuntamientos y ahora barrios del nuevo Lecrín, estos eran los censos municipales, diezmados algunos de ellos por los atractivos de la emigración hacia Europa: Acequias, con 196; Murchas, con 280; Chite con 256; Talará con 560; Mondújar con 780 y Béznar con 258. Debido a la baja población de cada municipio el presupuesto de estos ayuntamientos no les daba ni para cubrir los gastos del mas elemental personal, de ahí que administrativamente se iba languideciendo, pero los hombres del valle saben ponerse de acuerdo y acometen la empresa de la fusión, cuyos beneficios no niegan hoy ni los más distantes de estas cuestiones.

La fusión de Municipios

Esta unión era la primera que se intentaba en la provincia, por lo que se consideraba piloto, la ley intentaba estimular a otras futuras uniones, ya que a los municipios pequeños les costaba mantenerse a nivel económico, estimulándolos prometiendo una serie de obras. La fusión se solicito y concedió en 1967, una gestora mantuvo la unión hasta la fecha de este artículo febrero de 1971 que pasó la gestión directamente al nuevo ayuntamiento.

La ley de régimen local contempla la figura de la fusión de municipios, justificada cuando separadamente carezcan de medios económicos para prestar los servicios mínimos exigidos por la ley, entre otros motivos, siempre y cuando cuenten con población territorio riqueza imponible bastante para sostener los servicios municipales obligatorios utilizando los recursos que las leyes autorizan.

Pero esta fusión es solo el camino, y no es fructífera en resultados ni cómoda en convencimiento, si no parte de la unidad de conciencia, si no existe la renuncia a muchas de las consideraciones históricas, oculta ya por el polvo de los recuerdos con los que aun a costa de dolores por parte de algunos, es preciso renunciar. La quirúrgica es exigible, cuando los resultados se prevén óptimos. De ahí que, siguiendo el mismo camino de la legislación, los municipios de este trozo del valle de que les hablo llegaron al voto afirmativo del quórum municipal y siguieron adelante con el resto de los requisitos exigidos, hecho así, en octubre de 1967, se recibe la conformidad de la fusión, y la Junta Gestora se constituye exactamente el 7 de febrero de 1968.

Apoyo de la Ley

La legislación al respecto establece una cuota de agrupación para estimular las agrupaciones y fusiones, que en aquel momento ascendía a 600.000 pesetas por municipio, más una cuota adicional por habitante, según censo, por duración nunca inferior a cinco años y además de esto, prioridad para beneficiarse del régimen de cooperación provincial a los servicios municipales, especialmente en las vías de comunicación, implantación y mejora de los servicios mínimos obligatorios, y preferencia para la inclusión en los planes provinciales de obras y servicios de interés local y preferencia en la obtención de créditos oficiales.

Beneficios de una ley que protege y ayuda a quienes son capaces de llegar a una unión, lo que supuso una vía libre a un despegue que fue conjurando a ritmo acelerado, por obra y gracia de una fusión de municipios que catalogan a Lecrín como ejemplo y piloto de otros muchos lugares de la provincia.

Nota

El Texto ha sido extraído de la Mancomunidad de Municipios.

 

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